{"id":62239,"date":"2025-12-16T20:42:30","date_gmt":"2025-12-17T03:42:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/?p=62239"},"modified":"2025-12-23T16:44:49","modified_gmt":"2025-12-23T23:44:49","slug":"dan-lectura-en-congreso-a-tres-iniciativas-sobre-derecho-a-la-informacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/2025\/12\/16\/dan-lectura-en-congreso-a-tres-iniciativas-sobre-derecho-a-la-informacion\/","title":{"rendered":"Dan lectura en Congreso a tres iniciativas sobre derecho a la informaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p>Culiac\u00e1n, Sinaloa. A 16 de diciembre de 2025.- El Congreso del Estado de Sinaloa dio lectura este martes a tres iniciativas de reforma a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Sinaloa, en materia de derecho a la informaci\u00f3n, una de las cuales fue presentada por el Ejecutivo estatal, para armonizarla con la reforma federal que extingue al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Dato Personales (INAI).<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa del Ejecutivo del Estado propone reformar los art\u00edculos 109 Bis B y 109 Bis D, p\u00e1rrafo segundo, fracci\u00f3n I de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Sinaloa.<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa contempla derogar el p\u00e1rrafo del 109 Bis B que actualmente sustenta la operaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Estatal de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, y en su lugar propone que \u201cLos \u00f3rganos encargados de la contralor\u00eda interna de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, as\u00ed como de los Organismos Aut\u00f3nomos del Estado, ser\u00e1n responsables de garantizar el derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y de protecci\u00f3n de datos personales, siendo competentes para conocer de los procedimientos de revisi\u00f3n contra los actos que emitan los sujetos obligados respectivos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, se propone que las autoridades garantes podr\u00e1n ejercer sus atribuciones por conducto de entidades o dependencias cuya naturaleza jur\u00eddica, adscripci\u00f3n y estructura administrativa se establecer\u00e1 en sus reglamentos interiores o an\u00e1logos o acuerdos de car\u00e1cter general, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias.<\/p>\n\n\n\n<p>En los considerandos de esta iniciativa se explica que el 20 de diciembre de 2024 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificaci\u00f3n org\u00e1nica, el cual, entre otras cuestiones, prev\u00e9 la extinci\u00f3n del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Datos Personales (INAI), as\u00ed como de los organismos garantes en las entidades federativas.<\/p>\n\n\n\n<p>En lo que se refiere al art\u00edculo 109 Bis D, relativo al Sistema Estatal Anticorrupci\u00f3n como instancia de coordinaci\u00f3n entre las autoridades competentes del Gobierno Estatal y Municipal en la prevenci\u00f3n, detecci\u00f3n y sanci\u00f3n de responsabilidades administrativas y hechos de corrupci\u00f3n, as\u00ed como en la fiscalizaci\u00f3n y control de recursos p\u00fablicos, la iniciativa propone que:<br>\u201cEl Sistema contar\u00e1 con un Comit\u00e9 Coordinador que estar\u00e1 integrado por las personas titulares de la Auditor\u00eda Superior del Estado; de la Fiscal\u00eda Especializada en Combate a la Corrupci\u00f3n; de la Secretar\u00eda del Ejecutivo Estatal responsable del control interno; por la persona titular de la presidencia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado; as\u00ed como por una persona representante del Tribunal de Disciplina Judicial y otra del Comit\u00e9 de Participaci\u00f3n Ciudadana\u201d.<br>*La segunda iniciativa fue presentada por las ciudadanas y ciudadanos Gustavo Enrique Rojo Navarro, Marlene Angelina Le\u00f3n Fontes, Martha Elena Reyes Zazueta, Rosa Elvira Jacobo Lara, Luc\u00eda Irene Mimiaga Le\u00f3n entre otros, que propone reformar el art\u00edculo 109 Bis B de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Sinaloa, en materia de Derecho de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>Se propone mantener vigente la Comisi\u00f3n Estatal para el Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica del Estado de Sinaloa.<br>Asimismo, propone constituir un Sistema Estatal de Transparencia como instancia de coordinaci\u00f3n entre las Autoridades Garantes en el Estado, el cual tendr\u00e1 entre sus funciones opinar y supervisar la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica nacional de transparencia en el \u00e1mbito estatal, coordinar acciones entre sus integrantes, rendir informes y evaluaciones anuales, promover la aplicaci\u00f3n progresiva de la ley y cumplir las atribuciones que le confiera el Sistema Nacional de Transparencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Este sistema funcionar\u00eda a trav\u00e9s de un comit\u00e9 integrado por los titulares de las Autoridades Garantes del Poder Ejecutivo -quien lo presidir\u00e1-, del Poder Legislativo, del Poder Judicial, de los \u00f3rganos constitucionales aut\u00f3nomos y de los Ayuntamientos, as\u00ed como por un representante del Comit\u00e9 de Participaci\u00f3n Ciudadana del Sistema Estatal y Municipal Anticorrupci\u00f3n de Sinaloa. Tambi\u00e9n contar\u00e1 con un Consejo Consultivo de car\u00e1cter honor\u00edfico.<\/p>\n\n\n\n<p>*La tercera iniciativa corresponde a las ciudadanas y ciudadanos sinaloenses Emmanuel Espinoza Salcido, Silvia Gissell L\u00f3pez Gonz\u00e1lez, Ivana Yukie Carre\u00f3n Hern\u00e1ndez y Jos\u00e9 Carlos Dehesa Mitre, que propone reformar el art\u00edculo 109 Bis B de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Sinaloa, en materia del Derecho de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta iniciativa no contempla la continuaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Estatal para el Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica, en su lugar propone varias autoridades garantes del derecho de acceso a la informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre estas propone una autoridad garante local que ser\u00e1 administrativa y descentralizada de la Contralor\u00eda del Ejecutivo, el cual conocer\u00e1 tambi\u00e9n de los asuntos en materia de transparencia de sus municipios.<\/p>\n\n\n\n<p>Las otras autoridades propuestas son el \u00f3rgano de control y disciplina del Poder Judicial; los \u00d3rganos Internos de Control o equivalentes de los \u00f3rganos constitucionales aut\u00f3nomos del estado, \u00d3rgano Interno de Control del Congreso del Estado; Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, por cuanto hace al acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica de los partidos pol\u00edticos; Centro de Conciliaci\u00f3n Laboral de Sinaloa, Tribunal Local de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje de Sinaloa, estos dos \u00faltimos por cuanto hace al acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica de los sindicatos y los \u00f3rganos encargados de la contralor\u00eda interna u hom\u00f3logos de los Poderes Legislativo y Judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>De la autoridad Garante Local propone que funcione a trav\u00e9s de un Pleno, integrado por una persona titular y dos personas consejeras, designadas mediante convocatoria p\u00fablica, abierta y competitiva, conforme al procedimiento que determine la ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Corresponder\u00e1 al Pleno sustanciar y resolver los recursos de revisi\u00f3n que interpongan las personas particulares contra las respuestas emitidas por los sujetos obligados; conocer y resolver las solicitudes de ampliaci\u00f3n del periodo de reserva; dictar resoluciones en los procedimientos de protecci\u00f3n de datos personales; verificar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y de sus propias resoluciones; as\u00ed como imponer las medidas de apremio o sanciones necesarias para garantizar la eficacia y observancia de sus determinaciones, de conformidad con la ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo propone que el Estado cuente con un Sistema Estatal de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n y Protecci\u00f3n de Datos Personales, que fungir\u00e1 como Subsistema de Transparencia ante el Sistema Nacional correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sistema estar\u00e1 integrado por las personas titulares de las Autoridades Garantes, representantes de los municipios, las y los integrantes del Consejo Ciudadano, y una persona representante del Comit\u00e9 de Participaci\u00f3n Ciudadana del Sistema Estatal y Municipal Anticorrupci\u00f3n de Sinaloa, quienes contar\u00e1n con voz y voto, entre otras propuestas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las tres iniciativas fueron turnadas a la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales y Gobernaci\u00f3n para su an\u00e1lisis y correspondiente dictaminaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Culiac\u00e1n, Sinaloa. 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