{"id":884,"date":"2021-09-08T12:38:56","date_gmt":"2021-09-08T18:38:56","guid":{"rendered":"https:\/\/puntociegoeditorial.com\/web\/?p=884"},"modified":"2021-09-08T12:38:56","modified_gmt":"2021-09-08T18:38:56","slug":"dictamina-comision-de-hacienda-publica-y-administracion-como-improcedente-iniciativa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/2021\/09\/08\/dictamina-comision-de-hacienda-publica-y-administracion-como-improcedente-iniciativa\/","title":{"rendered":"Dictamina\u00a0Comisi\u00f3n de Hacienda P\u00fablica y Administraci\u00f3n como improcedente iniciativa"},"content":{"rendered":"\n<p>Por ser competencia federal, la Comisi\u00f3n de Hacienda P\u00fablica y Administraci\u00f3n del Congreso del Estado de Sinaloa dictamin\u00f3 como improcedente iniciativa que propone reformar el art\u00edculo 49 y adicionar un art\u00edculo 72 Bis, a la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa, para modificar la unidad de medida, registro y cobro de las tarifas de agua potable.<br>En reuni\u00f3n de trabajo virtual, los diputados dictaminadores resolvieron como improcedente la iniciativa porque su objeto es competencia constitucional del Poder Ejecutivo Federal, quien es el responsable de establecer y modificar el Sistema General de Unidades de Medida a trav\u00e9s de Normas Oficiales Mexicanas, por lo tanto no es de aprobarse.<br>El dictamen que resuelve improcedente el proyecto porque hacer tales modificaciones no es una facultad competencia del Congreso del Estado de Sinaloa, fue aprobado por los diputados Marco Antonio Zazueta Zazueta, Jorge Rodr\u00edguez Ayala, Horacio Lora Oliva y Juan Ram\u00f3n Torres Navarro, presidente, secretario y vocales, respectivamente de la Comisi\u00f3n.<br>En Comisi\u00f3n diputados analizaron la iniciativa presentada por el ciudadano sinaloense Pedro Rafael Vel\u00e1zquez Yves quien propone reformar el art\u00edculo 49 y adicionar un art\u00edculo 72 Bis a la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa, para establecer como sistema de medida del consumo de agua potable el de metros c\u00fabicos por segundo y decalitros.<br>Respecto a la propuesta, los diputados dictaminadores exponen que el sistema de medidas utilizado por todos los entes gubernamentales, industriales y comerciales en los Estados Unidos Mexicanos se encuentra regulado en la Ley de Infraestructura de la Calidad.<br>Para la modificaci\u00f3n de las distintas unidades de medida con la finalidad de utilizar otra, debe cambiar la Norma Oficial Mexicana que da vigencia al Sistema General de Unidades de Medida, lo cual, no se trata de una Ley sino de un instrumento jur\u00eddico de car\u00e1cter administrativo Federal, por lo que queda fuera del espectro de facultades de \u00e9ste Congreso del Estado.<br>El art\u00edculo 97, de la Ley de Infraestructura de la Calidad, consigna lo siguiente:<br>\u201cEn los Estados Unidos Mexicanos el Sistema General de Unidades de Medida, es el \u00fanico oficial y de uso obligatorio. Las unidades del Sistema General de Unidades de Medida, as\u00ed como su simbolog\u00eda y sus reglas de escritura se consignar\u00e1n en las Normas Oficiales Mexicanas que se expidan para tal efecto y en los Est\u00e1ndares ah\u00ed referidos, mismas que ser\u00e1n elaboradas, expedidas y actualizadas por la Secretar\u00eda en coordinaci\u00f3n con el Centro Nacional de Metrolog\u00eda.<br>Al observar el contenido de la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-2002, que busca establecer el Sistema General de Unidades de Medida en la Rep\u00fablica se establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento id\u00f3neo para la protecci\u00f3n de los intereses del consumidor.<br>En lo referente a la unidad de medida utilizada para calcular el gasto volum\u00e9trico o flujo volum\u00e9trico que se refiere al volumen de materia el cual atraviesa una superficie determinada por el tiempo el Sistema General de Unidades de Medida establece que se utilizar\u00e1 el m3\/s para su c\u00e1lculo por lo que para establecer el sistema decalitros, ser\u00eda necesario modificar lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-2002.<br>Emitido el dictamen por la Comisi\u00f3n de Hacienda P\u00fablica y Administraci\u00f3n ser\u00e1 le\u00eddo, discutido y votado en el Pleno, que una vez aprobado, ser\u00e1 archivado el asunto como definitivamente concluido.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por ser competencia federal, la Comisi\u00f3n de Hacienda P\u00fablica y Administraci\u00f3n del Congreso del Estado de Sinaloa dictamin\u00f3 como improcedente iniciativa que propone reformar el art\u00edculo 49 y adicionar un art\u00edculo 72 Bis, a la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa, para modificar la unidad de medida, registro y cobro de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":885,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_mi_skip_tracking":false,"footnotes":""},"categories":[13],"tags":[257,47,258,21],"class_list":["post-884","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sinaloa","tag-comision-de-hacienda-publica","tag-congreso-del-estado","tag-junta-de-agua-potable","tag-sinaloa"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/884","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=884"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/884\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":886,"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/884\/revisions\/886"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/885"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=884"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=884"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.puntociegoeditorial.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=884"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}