Hoy en Sesión Virtual de Cabildo 30/22 se aprobó por unanimidad la adición al artículo 4to. Bis A, de la fracción XIV que se refiere a que toda persona tiene derecho al acceso a la información a la salud en el caso de emergencias sanitarias, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa el acceso a la información relacionada con las medidas de bioseguridad exigibles a establecimientos abiertos al público…
Esta adición se hará a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, según el Decreto 209, previamente aprobada por todos los cabildos de los ayuntamientos.
